Publicados los requisitos para las ayudas para el gasóleo en pesca

13 de febrero de 2023

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado este lunes los requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado en el ámbito de los fertilizantes y en el del gasóleo para el sector pesquero.

Según dos órdenes difundidas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establecen las condiciones para recibir estas ayudas, conforme al decreto del pasado 27 de diciembre de apoyo a los productores frente a los efectos negativos de la guerra en Ucrania.

La primera de las normas se refiere a la ayuda para hacer frente al incremento de los costes de los agricultores por el uso de productos fertilizantes.

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) deberá comprobar de oficio los beneficiarios de las subvenciones mediante consulta a los registros públicos.

Los beneficiarios podrán oponerse expresamente a la consulta de los datos, pero deberán aportar los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria o la agencia equivalente de Navarra o del País Vasco, así como por la Tesorería General de la Seguridad Social para acreditar que están al corriente de sus obligaciones.

En el caso de la orden ministerial de las ayudas por consumo de gasóleo a empresas armadoras de buques pesqueros y almadrabas para el ejercicio 2023, no podrán ser beneficiarios los deudores por resolución de procedencia de reintegro, aquellas personas inhabilitadas por sentencia firma para obtener subvenciones ni aquellas empresas sujetas a sanciones de la Unión Europea.

El importe máximo por empresas no podrá superar los 300.000 euros, mientras que el cálculo de la cuantía máxima por beneficiario se efectuará en función de los buques que el armador explote a fecha de 1 de enero de 2023.

Las ayudas se concederán una vez que se cuente con la autorización expresa de la Comisión Europea cuando sea necesario, según la norma.