El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica el reglamento por el que se crea la Agencia Europea de Control de la Pesca, cuyo objetivo será organizar la coordinación operativa de las actividades de control e inspección pesquera de los Estados miembro.
Según dicho documento, el fin también será auspiciar la cooperación entre los países al objeto de cumplir las normas de la política pesquera común para garantizar que se apliquen de manera eficaz y uniforme.
El texto detalla aspectos como las competencias concretas que se le asignan, la estructura interna y el funcionamiento así como las disposiciones financieras de este organismo.
Por otro lado, el DOUE también recoge un reglamento con las deducciones de las cuotas de pesca disponibles para determinadas poblaciones de peces a causa de la sobrepesca practicada en años anteriores en otras poblaciones.
En el caso de España, destacan las correcciones hechas por sobrepasar en cerca de un 90 % la pesca de fletán negro en aguas de Noruega de la zona I y II y la del rabil en un +5,40 % en la zona de competencia de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI).
El Diario de la Unión Europea publica asimismo el plan plurianual para las poblaciones pescadas en las aguas occidentales y aguas adyacentes, así como para las pesquerías que explotan estas poblaciones.
El texto detalla aspectos como la gestión de poblaciones de interés común, las medidas de acceso de agua a los recursos y las posibilidades de pesca.


