Cantabria regula la actividad marisquera para esta temporada

27 de julio de 2020

El Boletín Oficial de Cantabria publicó la orden por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de mariscos y otras especies de interés comercial durante la temporada 2020-2021 en Cantabria.

La orden de la Consejería de Desarrollo Rural fija los periodos de veda para la pesca de moluscos, crustáceos, equinodermos y otros invertebrados para conseguir el rendimiento óptimo en la explotación de los recursos pesqueros y regular la actividad marisquera, tanto a pie como desde embarcaciones.

Las vedas se han establecido a partir de estudios científico-técnicos para evaluar los recursos marisqueros de la región y el estado sanitario de las zonas de producción de moluscos.

Según explica el Gobierno regional en una nota de prensa, en la orden se detallan las especies permitidas y sus tallas mínimas y aquellas que no aparecen permanecerán vedadas mientras esté vigente.

También se recogen las zonas aptas para la pesca y las que están prohibidas para la extracción de diferentes recursos marisqueros, así como las zonas libres de veda para el marisqueo profesional y para la recogida de cebo con licencias de pesca marítima de recreo.

Según esta orden, continuará vedada la extracción de almejas en los estuarios de Mogro y San Vicente de la Barquera, y remite a los planes de explotación vigentes la pesca de estas especies en los estuarios de Santander y Santoña.

En el caso del percebe, se podrá pescar únicamente en las zonas señaladas en un anexo de la orden, algunas de ellas permanentemente abiertas a la explotación durante su vigencia y otras en las que se permite su extracción fuera de la época de veda.

Además se regulan los utensilios o sistemas permitidos para el marisqueo, tanto a pie como a flote; los horarios de descanso obligatorios; la inspección reglamentaria; los censos y planes de explotación; parques y guarderías; autorizaciones, y las zonas cerradas al marisqueo, entre otros aspectos.

Zonas libres de veda

En el caso de la Bahía de Santander, las zonas libres de veda son los páramos de Pedreña, entre el Pantalán de Calatrava y el puente de Somo; La Bolisa; la zona de Pontejos, desde el embarcadero de la isla de Pedrosa hasta el espigón de Pontejos, y la zona de La Barquería.

En la Bahía de Santoña, se incluyen la ría de Argoños, La Arenilla, La Farola, El Tobedo y Montehano, en Argoños, incluyendo los páramos del centro de la canal hasta el puente que cruza la ría de Escalante, y el estrecho Marejo, La Playa, La Bayarte y San Vicente, en Paramos Norte.

En cuanto a la Ría de San Vicente, las zonas libres de veda son la zona desde el puente de la Maza hasta el final de la marisma de Rubín y la zona que sube desde el puente de la Barquera hasta el final de la marisma de Pombo.

Marisqueo del percebe

El marisqueo de percebe se permitirá desde la Punta de Fraile hasta Punta Peñaentera y desde Cabo de Oyambre hasta el Pico de la Sartén en la zona occidental; desde la Punta de Ballota hasta la Playa de Madero, incluidas las islas, y desde Cabo Galizano hasta el Cabo de Ajo, en la zona central.

En la zona oriental, estará permitida su pesca desde el Cabo Ajo hasta el Cabo Quejo y desde la Ensenada de Urdiales hasta el límite con el País Vasco.